El Gobierno Federal reconoce la importancia de preservar la salud de la población, así como la economía de los ciudadanos. Por tal situación el 29 de mayo del 2020 se llegó a un acuerdo, en el cual se estipulan las formas y lineamientos para el regreso de todas las actividades laborales, para evitar una mayor propagación del virus SARS-CoV-2, Por ello se contemplan cuatro dimensiones que deberán considerarse:
- El tipo de actividad (esencial o no esencial),
- El tamaño del centro de trabajo,
- El nivel de alerta sanitaria de la ubicación del centro de trabajo, así como sus características.
Se contempla la posibilidad de que para cada sector económico desarrolle lineamientos específicos sobre promoción y protección de la salud. Para llegar a esta “nueva normalidad” se definió un proceso que consta de tres etapas:
Primera etapa. Inició el pasado 18 de mayo e incluye los Municipios que no tienen contagios reportados, ni con municipios vecinos. En estas localidades se autorizó la apertura de toda la actividad laboral, social y educativa.
Segunda etapa. Abarcó del 18 al 31 de mayo y consistió en una preparación de las empresas consideradas como esenciales para incluir las actividades de la industria de la construcción, minería y referente a la fabricación de equipo de transporte, así como la emisión de los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral para la reactivación temprana de estos sectores.
Tercera etapa. Comenzó el 1 de junio de 2020 es la etapa de reapertura socioeconómica mediante un sistema de semáforo de riesgo epidemiológico semanal por regiones, que determinará el nivel de alerta sanitaria y definirá qué tipo de actividades están autorizadas para llevarse a cabo.
Las empresas deberán generar estrategias de promoción de la salud y seguridad sanitaria en el entorno laboral, tales como: promoción a la salud, la sana distancia dentro y fuera del trabajo, control de ingreso y de egreso, uso del equipo de protección personal, para dar cumplimiento a los presentes lineamientos:
- a) Tipo de actividad: Si realizan actividades consideradas esenciales o no, dependiendo de ello laboraran con base en lo que determine el sistema de semaforización de actividades permitidas.
- b) Nivel de riesgo epidemiológico: Los centros de trabajo deberán identificar el nivel de riesgo establecido para el municipio o población.
- c) Tamaño del centro de trabajo: Los centros de trabajo tendrán que identificar el tamaño de la unidad económica que representan en cuanto al número de trabajadores y actividad a la que se dedican;
- d) Características internas del centro de trabajo: Con la finalidad de identificar empresas que cuentan con trabajadores que se consideran de mayor riesgo de contagio.
Debido a que la mayor parte de la población vive al día, así como diversas micros y medianas empresas necesitan de ganancias diarias para seguir subsistiendo. Lo que llevó al Gobierno Federal a ponderar la situación tratando de cuidar el derecho a la salud, pero también darle un respiro a los empresarios y trabajadores, para que, de manera ordenada, sistemática y sobre todo obedeciendo las medidas de salud, puedan regresar escalonadamente a sus actividades laborales.